Tres momentos en el trabajo realizado
1° etapa 2014/5 Legislación control de estupefacientes, dos líneas de investigación
A ¿Qué posición tomar frente al debate legalización-despenalización?
B ¿Subsisten en la Argentina las iniciativas legislativas y políticas modificatorias de la Ley 23737 de Estupefacientes vigentes hasta fines del 2014 o el proceso electoral y futuro cambio de gobierno abrió un panorama nuevo?
Una investigación del marco legal y político internacional permitió ubicar desde la Antigüedad leyes para regulación del consumo y la comercialización donde el excedente de ganancias del producto será la razón de la persecución, desde las guerras del opio.
En la legislación argentina señalamos una encrucijada paradojal. Una importante Jurisprudencia intenta poner freno a la penalización del consumo de drogas- violatorio del Art. 19 de la Constitución Nacional que garantiza los derechos individuales de las personas – y a pesar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró su inconstitucionalidad- quien enfrente un Tribunal está condicionado por la interpretación idiosincrática del Juez de turno viéndose sometido a prisión y proceso. En el país hay numerosos detenidos por esta condición.
Se observan dos posiciones políticas: una a favor de la despenalización de la tenencia para consumo y otra de endurecimiento de la legislación en general: propuestas de bajar edad de imputabilidad, endurecimiento de penas por delitos menores y leyes de control de alcoholemia de tolerancia cero.
2ª etapa 2015-2016 -Dispositivos asistenciales y sanitarios
Partimos de las preguntas acerca de
A ¿Cuál es el estado actual de los dispositivos asistenciales y sanitarios públicos y privados?
B ¿Qué marco legal desde la Ley Nº 26657de Salud Mental y Adicciones acompaña la posibilidad de políticas llamadas de reducción del daño?
La nueva Ley Nº 26657, de Salud Mental y Adicciones ordena revisar las internaciones compulsivas y contradice la Ley 23737que penaliza el consumo y ordena tratamientos en servicios avalados por las autoridades judiciales y sanitarias, garantizando el financiamiento a las provincias para ofrecer tratamiento gratuito, muchos de ellos dotados de personal no calificado, donde la connivencia con el sistema judicial y policial ha derivado en la circulación de un negocio paralelo de tráfico de influencias para cumplir penas en centros de rehabilitación y no en cárceles .
En tanto la ley penalice el consumo no serán sustentables desde las políticas sanitarias públicas las terapias de reducción de daños. Si la política legal y sanitaria se encuentra subordinada a la ideología de tolerancia cero, con las consecuencias nefastas que sabemos eso conlleva, no hay tratamiento posible de lo que sabemos imposible de reducir a cero.
En el país subsisten dispositivos monovalentes desde los ’80 y consultorios polivalentes incrementados con la Ley de Salud Mental.
Destacamos el auge y prevalencia de las neurociencias, las TCC y la medicalización sustentados en una poderosa razón: la ‘previsibilidad’ y ‘objetividad’ que justifiquen en criterios estadísticos que la «rehabilitación total»- requerida por la ley- no ha sido adquirida y si ello no se logra en dos años, el paciente deberá continuar su tratamiento o cumplir la pena en la cárcel por su falta de colaboración en «curarse». Debemos agregar que los ajustes realizados en la planta de profesionales asignados en numerosos centros de atención del país están provocando numerosos despidos y/o reducción presupuestaria y cierres de programas complementarios de políticas de inclusión cultural, educativa y sanitaria para la población de mayor riesgo (jóvenes, población urbano-marginal).
3ª etapa 2016/7 Acción Lacaniana
Líneas de acción
A ¿Cómo intervenir en la creación de dispositivos asistenciales creativos que no sean para todos igual en tanto la subjetividad ha cambiado más allá de los dispositivos tradicionales? ¿Se podría pensar en «Dispositivos de suplencia»?
B ¿Cómo incidir en el discurso de la época?
C Intervenciones posibles en dispositivos asistenciales públicos y privados poli y monovalentes apuntando a establecer lazos con jueces, legisladores, autoridades sanitarias, periodistas y medios de comunicación con los que conversar acerca de temas legales y asistenciales que contemplen la posibilidad de:
-Favorecer la creación de dispositivos asistenciales que obedezcan a políticas públicas inclusivas, ofreciendo atención profesional sin marginar sectores que por su condición socio-económica presentan un alto margen de vulnerabilidad. Propiciamos instituciones polivalentes y monovalentes a condición de que estén articuladas con equipos especializados y favorezcan el tratamiento subjetivo de quienes acuden por problemas con drogas.
-Tratar de intervnir en la redacción y reglamentación de leyes pertinentes
-Difundir a través de los medios la posición de la orientación lacaniana en relación a las toxicomanías y las adicciones (por ejemplo en hechos de dominio publico como la muerte por sobredosis de jóvenes en fiestas rave[1])
Está en curso un relevamiento de los dispositivos asistenciales monovalentes del país, los de desintoxicación públicos y las redes polivalentes de derivación a fin de establecer lazos que favorezcan actividades de extensión a través de cursos, talleres y/o dispositivos de supervisión.
Elvira María Dianno
NOTAS